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Ver la Versión Completa : Es ilegal vender un iphone con bloqueo de iCloud?


Sr Pollo
25/03/15, 10:40:03
Buenas compañeros
hay un montón de anuncios que venden iphones con bloqueo de iCloud. En algunos insisten que no son robados, deberían ser perdidos, y me genera una duda.
Si el iphone que venden esta bloqueado por iCloud, pero no hay denuncia en guardia civil o policía por robo, y tampoco se ha denunciado a la operadora ¿es ilegal la venta?

Saludos.

bugatti
25/03/15, 11:06:18
Es ilegal vender un coche encontrado en la calle con el arranque bloqueado remotamente por método electronico?? Es ilegal vender un coche robado y bloqueado su motor electronicamente? Aún sin denunciar?
Creo que te intentas justificar para comprarlo, pero no seremos nosotros tu conciencia.

Sr Pollo
25/03/15, 11:11:21
A ver, del iphone se pueden aprovechar algunas piezas. Entiendo lo que quieres decir, pero sí nos ponemos así, es lo mismo que sí te encuentras una cartera con dinero.
Imagino que la ley dirá algo más.
Saludos.

juanitocom
25/03/15, 11:37:20
A ver, sin animo de justyificar nada, pero en materia legal controlo un pelin mas que en tecnologia.

No existe ningun delito en vender un iphone con bloqueo de icloud, el tema viene para el comprador. Existe un delito denominado "de receptacion", es decir, el que comete el delito es el comprador y no el vendedor; no existe la falta de receptacion, sino que dicho delito es independiente de la cuantía del objeto receptado, pero si se plantean varios "problemas" legales.

El delito de receptcion existe, siempre que el comprador (o receptador de la mercancia) conozca el origen ilícito de la misma, es decir, que se sepa que se está comprando mercancia robada, no así si se desconce este punto. Podemos "intuir" que dicha mercancia es robada por varias circunstancias, como carecer de caja, fgactura, accesorios o el propio hecho de que esté bloquedo por icloud, pero todo ello es circunstancial...es decir, dificil probarlo ante un tribunal.

Por otro lado, si el objeto en venta es robado y EXISTE DENUNCIA SOBRE TAL HECHO, entonces si estamos hablando de un delito, pero repito, tiene que existir denuncia de robo sobre el objeto en si (con numero de imei etc.).

Ahora haciendo un poco de abogado del diablo y ciñendome a materia legal (y dejando a un lado la materia moral), si me encuentro un iphone en la calle, sobe dicho aparato no existe denuncia de robo/hurto y está bloqueado por icloud, puedo venderlo?...la respuesta señores mios, por más que nos pese...es si.

apotheke
25/03/15, 11:41:14
para mi los iphones/tecnologia que se cae de los camiones......no se, es como incitar a q se sigan cayendo las cosas y eso no es bueno, porque algun dia os puede pasar a vosotros.

juanitocom
25/03/15, 11:42:52
si si,,...si en eso estamos de acuerdo. Por eso he dicho que queria dar una respuesta objetiva dejando a un lado la parte moral, que hallá cada uno con su conciencia. para mi los iphones/tecnologia que se cae de los camiones......no se, es como incitar a q se sigan cayendo las cosas y eso no es bueno, porque algun dia os puede pasar a vosotros.

joselillo112
25/03/15, 11:43:15
no lo compres, o si tienes uno "así" no lo vendas... por los posibles disgustos que puedas tener y si aun asi quieres comprarlo vete con el vendedor a una tienda apple y que te verifique que es legal.. si no puedes ir hay una pag web donde pones el imei del telefono apple (no me acuerdo de cual es) y te dice si es robado o no... pero lo mejor es ir a una tienda apple para estar 100% seguro de lo que compras.

apotheke
25/03/15, 12:09:53
si si,,...si en eso estamos de acuerdo. Por eso he dicho que queria dar una respuesta objetiva dejando a un lado la parte moral, que hayá cada uno con su conciencia.

tienes razon, perdona, pero me sale la parte moral, pero la cruda realidad es que si te dan un note 4 por 100 euros.......quien va a decir q no...., la pelea moral/racional es muy grande hjjejeje

csr
25/03/15, 12:25:09
Si compro uno y me lo bloquean, me acerco a la comisaría a ver a algunos de los amigos o le paso el imei para comprobar si hay denuncia. Denunciaría al vendedor sí o sí.

bisco
25/03/15, 13:01:59
A ver, sin animo de justyificar nada, pero en materia legal controlo un pelin mas que en tecnologia.

No existe ningun delito en vender un iphone con bloqueo de icloud, el tema viene para el comprador. Existe un delito denominado "de receptacion", es decir, el que comete el delito es el comprador y no el vendedor; no existe la falta de receptacion, sino que dicho delito es independiente de la cuantía del objeto receptado, pero si se plantean varios "problemas" legales.

El delito de receptcion existe, siempre que el comprador (o receptador de la mercancia) conozca el origen ilícito de la misma, es decir, que se sepa que se está comprando mercancia robada, no así si se desconce este punto. Podemos "intuir" que dicha mercancia es robada por varias circunstancias, como carecer de caja, fgactura, accesorios o el propio hecho de que esté bloquedo por icloud, pero todo ello es circunstancial...es decir, dificil probarlo ante un tribunal.

Por otro lado, si el objeto en venta es robado y EXISTE DENUNCIA SOBRE TAL HECHO, entonces si estamos hablando de un delito, pero repito, tiene que existir denuncia de robo sobre el objeto en si (con numero de imei etc.).

Ahora haciendo un poco de abogado del diablo y ciñendome a materia legal (y dejando a un lado la materia moral), si me encuentro un iphone en la calle, sobe dicho aparato no existe denuncia de robo/hurto y está bloqueado por icloud, puedo venderlo?...la respuesta señores mios, por más que nos pese...es si.

No digas que controlas de material legal, porque eso no es así. Si te encuentras un iphone en la calle y no existe denuncia de robo/hurto, si te lo quedas estarás incurriendo en un delito de apropiación indebida tipificado en el 253 CP:

Serán castigados con la pena de multa de tres a seis meses los que, con ánimo de lucro, se apropiaren de cosa perdida o de dueño desconocido, siempre que en ambos casos el valor de lo apropiado exceda de 400 euros. Si se tratara de cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico, la pena será de prisión de seis meses a dos años.

Si no llega a 400 euros (raro en un iPhone) sería una falta del 623CP:

Los que cometan estafa, apropiación indebida, o defraudación de electricidad, gas, agua u otro elemento, energía o fluido, o en equipos terminales de telecomunicación, en cuantía no superior a 400 euros.

Si encima lo vendes, dependiendo de cómo lo hagas, te puedes encontrar con el 251 CP:

Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años:

1.º Quien, atribuyéndose falsamente sobre una cosa mueble o inmueble facultad de disposición de la que carece, bien por no haberla tenido nunca, bien por haberla ya ejercitado, la enajenare, gravare o arrendare a otro, en perjuicio de éste o de tercero.


De todas formas, si hay dudas, hazlo, y se podrá discutir con el Juez y con el Fiscal que toquen, que a buen seguro estarán dispuestos a debatir sobre estas cuestiones jurídicas amistosamente :silbando:

juanitocom
25/03/15, 13:04:10
bien rectificado entonces. Gracias x la aclaracion. Por tanto, si omitimos el animo de lucro (es decir, no lo vendo) no existe tal delito cierto?.

bisco
25/03/15, 13:23:37
juanitocom, el ánimo de lucro está presente en el mismo momento en el que te lo apropias, sin necesidad de que lo vendas o dispongas de él para enajenarlo. El hecho de quedártelo supone lucrarte, por la voluntad de obtener provecho, ganancia o utilidad de una cosa con la mera posesión.

Legalmente, tienes obligación de devolverlo...y legalmente, quien lo perdió tiene la obligación de hacer un abono al que la encontró y devolvió. Eso se contempla en los artículos 615 y 616 del Código Civil:

El que encontrare una cosa mueble, que no sea tesoro, debe restituirla a su anterior poseedor. Si éste no fuere conocido, deberá consignarla inmediatamente en poder del Alcalde del pueblo donde se hubiese verificado el hallazgo.
El Alcalde hará publicar éste, en la forma acostumbrada, dos domingos consecutivos.
Si la cosa mueble no pudiere conservarse sin deterioro o sin hacer gastos que disminuyan notablemente su valor, se venderá en pública subasta luego que hubiesen pasado ocho días desde el segundo anuncio sin haberse presentado el dueño, y se depositará su precio.
Pasados dos años, a contar desde el día de la segunda publicación, sin haberse presentado el dueño, se adjudicará la cosa encontrada o su valor al que la hubiese hallado.
Tanto éste como el propietario estarán obligados, cada cual en su caso, a satisfacer los gastos.



Si se presentare a tiempo el propietario, estará obligado a abonar, a título de premio, al que hubiese hecho el hallazgo, la décima parte de la suma o del precio de la cosa encontrada. Cuando el valor del hallazgo excediese de 2.000 pesetas, el premio se reducirá a la vigésima parte en cuanto al exceso.

A efectos prácticos, llevarlo a la Policía Municipal; si aparece el dueño, deberían de darte la cantidad a la que hace referencia el 616. Si transcurren dos años y no aparece el dueño, entonces sí podrías reivindicar el teléfono como tuyo.

juanitocom
25/03/15, 13:34:31
juanitocom, el ánimo de lucro está presente en el mismo momento en el que te lo apropias, sin necesidad de que lo vendas o dispongas de él para enajenarlo. El hecho de quedártelo supone lucrarte, por la voluntad de obtener provecho, ganancia o utilidad de una cosa con la mera posesión.

Legalmente, tienes obligación de devolverlo...y legalmente, quien lo perdió tiene la obligación de hacer un abono al que la encontró y devolvió. Eso se contempla en los artículos 615 y 616 del Código Civil:

El que encontrare una cosa mueble, que no sea tesoro, debe restituirla a su anterior poseedor. Si éste no fuere conocido, deberá consignarla inmediatamente en poder del Alcalde del pueblo donde se hubiese verificado el hallazgo.
El Alcalde hará publicar éste, en la forma acostumbrada, dos domingos consecutivos.
Si la cosa mueble no pudiere conservarse sin deterioro o sin hacer gastos que disminuyan notablemente su valor, se venderá en pública subasta luego que hubiesen pasado ocho días desde el segundo anuncio sin haberse presentado el dueño, y se depositará su precio.
Pasados dos años, a contar desde el día de la segunda publicación, sin haberse presentado el dueño, se adjudicará la cosa encontrada o su valor al que la hubiese hallado.
Tanto éste como el propietario estarán obligados, cada cual en su caso, a satisfacer los gastos.



Si se presentare a tiempo el propietario, estará obligado a abonar, a título de premio, al que hubiese hecho el hallazgo, la décima parte de la suma o del precio de la cosa encontrada. Cuando el valor del hallazgo excediese de 2.000 pesetas, el premio se reducirá a la vigésima parte en cuanto al exceso.

A efectos prácticos, llevarlo a la Policía Municipal; si aparece el dueño, deberían de darte la cantidad a la que hace referencia el 616. Si transcurren dos años y no aparece el dueño, entonces sí podrías reivindicar el teléfono como tuyo.


:ok::ok::ok::ok::gracias:

pnj
25/03/15, 15:03:27
Caso real. Tfn perdido, en un Bar, expuesto en lugar visible durante dos meses. Le saco el correo del Tf, intento de ponerme en contacto, enviándole varios email para decirle donde esta su Tfn perdido, y que se pase a recoger. A los 4 o 5 meses, a un amigo le hace falta un Tfn, pues toma, úsalo y si aparece se le devuelve. A los 3 meses, la policía en casa del amigo, a aclarar como y donde había obtenido el aparato, por supuesto con fecha de juicio(valor de 500€).Yo a declarar en comisaria, y como testigo en juicio, pq yo se lo di, pero le acusan a el.
Gracias a los email, se demuestra la intención de devolverlo. Todo queda en que el propietario, dio parte de robo, para que lo cubriera el seguro, pero no pensó que el Tfn, se lo querían devolver, después de ser indennizado por su compañía.
Claro, ante los correos, el juez miro de reojo al denunciante, quedando demostrado que se lucro con la perdida del Tfn, pq esa perdida/robo, fue real o provocada?
Si el Tfn es de dudosa procedencia, ni se os ocurra comprarlo venderlo pq os duele la cabeza.
:gracias:

bugatti
25/03/15, 15:15:44
Caso real. Tfn perdido, en un Bar, expuesto en lugar visible durante dos meses. Le saco el correo del Tf, intento de ponerme en contacto, enviándole varios email para decirle donde esta su Tfn perdido, y que se pase a recoger. A los 4 o 5 meses, a un amigo le hace falta un Tfn, pues toma, úsalo y si aparece se le devuelve. A los 3 meses, la policía en casa del amigo, a aclarar como y donde había obtenido el aparato, por supuesto con fecha de juicio(valor de 500€).Yo a declarar en comisaria, y como testigo en juicio, pq yo se lo di, pero le acusan a el.
Gracias a los email, se demuestra la intención de devolverlo. Todo queda en que el propietario, dio parte de robo, para que lo cubriera el seguro, pero no pensó que el Tfn, se lo querían devolver, después de ser indennizado por su compañía.
Claro, ante los correos, el juez miro de reojo al denunciante, quedando demostrado que se lucro con la perdida del Tfn, pq esa perdida/robo, fue real o provocada?
Si el Tfn es de dudosa procedencia, ni se os ocurra comprarlo venderlo pq os duele la cabeza.
:gracias:

Mejor ejemplo imposible. Mínimo si lo hacemos TODO de buena fe, tendremos dolores de cabeza y el abogado seguramente no sea gratis para una persona normal.

Sr Pollo
25/03/15, 16:13:52
Muchas gracias a todos.
Me encanta que haya tanta buena discusión sobre el tema.
Sí que es verdad que con la cantidad de anuncios que hay de venta de teléfonos perdidos, la policía lo tendría fácil, facil.

No me ha quedado muy claro sí al comprarlo para piezas, y sí no está denunciado, puedo tener algún problema.

Eso sí, me quedo con decírselo al alcalde durante dos fines de semana, y sí no lo reclaman listo.

Saludos compañeros.

bugatti
25/03/15, 16:26:22
Muchas gracias a todos.
Me encanta que haya tanta buena discusión sobre el tema.
Sí que es verdad que con la cantidad de anuncios que hay de venta de teléfonos perdidos, la policía lo tendría fácil, facil.

No me ha quedado muy claro sí al comprarlo para piezas, y sí no está denunciado, puedo tener algún problema.

Eso sí, me quedo con decírselo al alcalde durante dos fines de semana, y sí no lo reclaman listo.

Saludos compañeros.

Si no está denunciado no pasaría nada porque no se sabría. Pero si está denunciado incurririas en un delito de receptación si el móvil proviene de un delito.
Lee el artículo del Codigo Penal de receptación.

Sr Pollo
26/03/15, 08:16:34
Buenas
con todo lo que comentamos seguida de vueltas, y la verdad, que no tenga iCloud tampoco es garantía de que no sea robado/perdido, puede no haberlo activado el usuario.
Luego imagino que habrá dos tipos de denuncias, una por robo, que estará en el código penal, y otra por pérdida, donde no ha habido delito, o así lo entiendo yo.
Saludos.

bugatti
26/03/15, 08:54:25
Buenas
con todo lo que comentamos seguida de vueltas, y la verdad, que no tenga iCloud tampoco es garantía de que no sea robado/perdido, puede no haberlo activado el usuario.
Luego imagino que habrá dos tipos de denuncias, una por robo, que estará en el código penal, y otra por pérdida, donde no ha habido delito, o así lo entiendo yo.
Saludos.

Da igual a efectos de la receptación, pues compras algo proveniente de un ilícito (apropiación indebida en la pérdida o robo/hurto en el caso de sustracción)
Que no tenga bloqueo no significa que sea legal, pero que lo tenga casi lo garantiza.

warzo
26/03/15, 09:59:53
tienes razon, perdona, pero me sale la parte moral, pero la cruda realidad es que si te dan un note 4 por 100 euros.......quien va a decir q no...., la pelea moral/racional es muy grande hjjejeje
La honestidad depende en gran medida de la educación que se ha recibido.